En los últimos años se está hablando mucho de la Ley Crea y Crece y del sistema Verifactu. Ambas normativas tienen un punto en común: la factura electrónica, que se ha convertido en la pieza clave de la digitalización empresarial en España. Para muchas empresas y autónomos, este cambio puede generar dudas y cierta complejidad, ya que introduce nuevos requisitos, conceptos y obligaciones técnicas.
En este post aclaramos las preguntas más frecuentes sobre la Ley Crea y Crece y lo que supondrá la implantación obligatoria de la factura electrónica.
1. ¿Qué es la Ley Crea y Crece?
La Ley de Creación y Crecimiento empresarial, impulsada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, busca digitalizar la economía y reducir la morosidad empresarial. Para lograr estos objetivos, establece la Factura Electrónica obligatoria para empresas y autónomos en sus relaciones comerciales.
2. ¿Quiénes están obligados a usar la factura electrónica?
Deberán usar factura electrónica todas las empresas y autónomos con sede en España, sin importar su tamaño o sector, en sus relaciones B2B y con las administraciones públicas. La ley aplica a todo el territorio español, sin excepciones.
3. ¿Cuándo entra en vigor la obligación de facturar electrónicamente?
La Ley Crea y Crece se publicó en el BOE en septiembre de 2022. No obstante, la implementación obligatoria de la factura electrónica se hará de forma progresiva una vez se apruebe el reglamento técnico definitivo. Las empresas con una facturación anual superior a 8 millones de euros contarán con el plazo de 1 año, mientras que las empresas con una facturación anual inferior a 8 millones tendrán 2 años.
4. ¿Qué pasará si una empresa no emite facturas electrónicas cuando ya sea obligatorio?
Se considerará como un incumplimiento de la normativa, pudiendo conllevar a sanciones económicas de hasta 10.000 euros. Asimismo, las empresas y autónomos que no adopten la facturación electrónica o incumplan los plazos de pago establecidos de las facturas, quedarán excluidos del acceso a ayudas públicas y de la posibilidad de establecer contratos con la Administración.
5. ¿Cómo deberán enviarse y recibirse las facturas?
Según la Ley Crea y Crece, las facturas deberán enviarse y recibirse a través de plataformas de facturación electrónica interoperables. Las facturas deberán estar en formato estructurado estándar, como UBL o Facturae entre otros, y deberán reflejar los estados de pago. Tanto el emisor como el receptor deberán poder consultar, descargar y conservar las facturas durante el plazo legal de mínimo 4 años.
6. ¿En qué se diferencia la Ley Crea y Crece de Verifactu?
Mientras que el sistema Verifactu pretende establecer un control de la existencia de cada factura mediante identificación única, la normativa de la Ley Crea y Crece busca regular el proceso de intercambio de facturas entre las partes implicadas de una transacción comercial. Aunque ambos giran alrededor de la factura electrónica, se trata de sistemas y finalidades distintas que deberán complementarse.
7. ¿Existe una solución gratis para hacer factura electrónica?
La Agencia Tributaria está trabajando en una plataforma pública que actuará como repositorio universal, permitiendo la emisión y recepción de las facturas. Si bien esta solución será gratuita, presenta ciertas limitaciones a diferencia de las plataformas privadas. También existen algunas ayudas para las empresas, como las de la Cámara de Comercio o el Kit Digital.
8. ¿La información que recibe la AEAT exime de algunas obligaciones tributarias?
No, cumplir con Crea y Crece no exime de ninguna obligación tributaria. Aunque Hacienda disponga de datos más detallados y casi en tiempo real, los contribuyentes deberán seguir cumpliendo con el resto de sus responsabilidades, como las declaraciones y autoliquidaciones, entre otras.
9. ¿Por dónde empiezo para cumplir con la Ley?
Anticiparse y contar con el partner tecnológico adecuado puede marcar la diferencia entre una transición complicada y estresante o una exitosa y sin problemas. Algunos de los aspectos en los que debes fijarte al comparar proveedores de factura electrónica son: su experiencia y trayectoria, solvencia demostrable, casos de éxito contrastados que garanticen seguridad y, por supuesto, cumplimiento normativo. Es importante que la plataforma que escojas asegure la interoperabilidad con otros proveedores y las administraciones públicas, así como una solución adaptable que se ajuste a las especificaciones de tu negocio.
10. ¿Los consumidores particulares recibirán factura electrónica obligatoria?
No, la obligación se aplica únicamente a las operaciones entre empresas y autónomos. No obstante, serán los consumidores quiénes decidan si quieren recibir la factura de forma electrónica, digital o en papel.
11. ¿Cómo convivirá la factura electrónica con los demás sistemas (SII, TicketBai, Verifactu)?
Por el momento, la implementación de la Factura Electrónica obligatoria no eximirá de cumplir con ningún otro sistema. Es decir, si estás adherido al SII (Suministro Inmediato de Información), TicketBAI o Verifactu, deberás cumplir con la Factura Electrónica y complementar ambos sistemas. Si bien es cierto que no se descarta la posibilidad de evaluar una fusión del sistema SII con el de la factura electrónica en el futuro, por el momento se deberá cumplir con ambos.
¿Te has quedado con alguna duda sin resolver? ¿Necesitas más información sobre cómo la Ley Crea y Crece afectará a tu empresa? ¿O Verifactu? No dudes en contactarnos y te explicaremos todo lo que necesites saber.