Si llevas tiempo siguiendo la actualidad sobre la factura electrónica, probablemente hayas tenido la sensación de que las fechas cambian constantemente. Entre nuevas publicaciones, borradores, reales decretos y órdenes ministeriales, es normal preguntarse: ¿qué está realmente aprobado y cuándo tendré que implantar la factura electrónica en mi empresa?
Todo este proyecto nace dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la mano del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. La Ley 18/2022, de Creación y Crecimiento de Empresas, cuyo principal objetivo es impulsar la digitalización de las empresas, reducir la morosidad y modernizar las relaciones comerciales mediante el uso obligatorio de la factura electrónica entre empresas y profesionales (B2B).
A continuación, te mostramos la evolución y los plazos que debes tener en cuenta.
La evolución de la factura electrónica: cronología
2021: el inicio del proyecto
Aunque la obligatoriedad de la factura electrónica entre empresas empezó a tomar forma en 2021 con la presentación del anteproyecto de ley, la factura electrónica no era un concepto nuevo en España. Ya en 2015 entró en vigor la obligación de emitir factura electrónica en las relaciones con las Administraciones Públicas, un primer paso que marcó el inicio de la digitalización de la facturación en nuestro país.
A raíz de esta primera obligación, el anteproyecto de ley planteó extender esta obligación a las operaciones entre empresas y autónomos, con el objetivo de impulsar la transformación digital, mejorar la eficiencia de los procesos administrativos y contribuir a reducir la morosidad.
Septiembre de 2022: se publica la Ley Crea y Crece
El 29 de septiembre de 2022 se publicó en el BOE la Ley 18/2022, de Creación y Crecimiento de Empresas, más conocida como Ley Crea y Crece. Unas semanas más tarde, el 19 de octubre de 2022, la ley entró oficialmente en vigor.
Esta norma supondría un punto de inflexión en la digitalización empresarial al establecer la futura obligatoriedad de la factura electrónica en las transacciones comerciales entre empresas y autónomos, con el objetivo de impulsar la digitalización, mejorar la trazabilidad de las operaciones y contribuir así, a reducir el tiempo medio de los pagos.
Sin embargo, la obligatoriedad de la factura electrónica no comenzó en ese momento, ya que todavía era necesario aprobar el desarrollo técnico de la normativa, encargado de definir cómo debía aplicarse en la práctica.
Junio de 2023: llega el proyecto de Real Decreto
El 20 de junio de 2023 se presentó el proyecto de Real Decreto que desarrollaba el reglamento técnico de la factura electrónica previsto en la Ley Crea y Crece. Este documento empezaba a definir aspectos clave En relación al intercambio de facturas electrónicas, desarrollando algunos requisitos específicos como los formatos o la comunicación de los estados de las facturas.
Por primera vez, las empresas pudieron conocer con mayor detalle cómo debía funcionar el futuro sistema. Entre otras cuestiones, el reglamento establecía que las soluciones de factura electrónica debían ser capaces de intercambiar documentos con otras plataformas, garantizando así la interoperabilidad y evitando que cada empresa quedara limitada al software de un único proveedor. Además, comenzaban a definirse los requisitos técnicos que deberían cumplir estas soluciones para adaptarse a la nueva normativa, garantizando aspectos como la seguridad y la trazabilidad de las facturas.
Aunque todavía se trataba de un borrador y podía sufrir modificaciones, supuso el primer acercamiento al modelo que acabaría implantándose y permitió a muchas empresas empezar a entender cómo les afectaría la nueva normativa y qué cambios tendrían que realizar.
Marzo de 2026: publicación del Real Decreto
El 31 de marzo de 2026 se publicó en el BOE el Real Decreto 238/2026, encargado de desarrollar el reglamento técnico de la factura electrónica previsto en la Ley Crea y Crece. Con él, muchas de las dudas que existían hasta ese momento empezaron a resolverse, ya que concretaba cómo debía funcionar el sistema de factura electrónica entre empresas y los requisitos que debían cumplir las soluciones tecnológicas.
Además, durante su desarrollo se introdujeron algunos cambios relevantes respecto a las primeras versiones del reglamento. Uno de los más destacados fue la adopción del formato UBL como estándar para el intercambio de facturas electrónicas, en sustitución de Facturae, con el objetivo de alinearse con la iniciativa europea ViDA y favorecer un modelo más estandarizado e interoperable a nivel europeo. También se reforzaron aspectos como la interoperabilidad entre plataformas y la gestión de los estados de las facturas. De este modo, se avanzaba hacia un sistema en el que las empresas podrían intercambiar facturas electrónicas con independencia del proveedor tecnológico utilizado, favoreciendo una comunicación más abierta y eficiente.
Este fue uno de los avances más importantes desde la aprobación de la ley, ya que acercaba definitivamente la implantación obligatoria de la factura electrónica.
Abril de 2026: borrador de la Orden Ministerial
El 17 de abril de 2026 se publicó el borrador de la Orden Ministerial, el documento encargado de concretar los últimos aspectos técnicos necesarios para la implantación de la factura electrónica.
Uno de los aspectos que más relevancia adquiere es la comunicación de estos estados de la factura. La normativa establece que las empresas no solo deberán emitir y recibir facturas electrónicas, sino también informar sobre su evolución, comunicando si la factura ha sido aceptada, rechazada o pagada. Esta información permitirá conocer el estado real de cada factura y aportará una mayor visibilidad sobre el proceso de cobro entre empresas. En el caso de la aceptación o el rechazo, esta información deberá notificarse en un plazo máximo de cuatro días hábiles desde la recepción de la factura, favoreciendo una mayor transparencia y un mejor control de los procesos de cobro y pago.
¿Qué queda pendiente?
A día de hoy, el único paso pendiente es la publicación definitiva de la Orden Ministerial. Si se cumplen las previsiones actuales, esta podría publicarse durante el mes de julio y dar comienzo, previsiblemente en octubre de 2026, al calendario de adaptación para las empresas.
La implantación de la factura electrónica se realizará de forma progresiva, en función del volumen de facturación anual:
- Empresas con una facturación superior a 8 millones de euros: dispondrán de 1 año para adaptarse.
- Empresas con una facturación inferior a 8 millones de euros (pymes y autónomos): contarán con 2 años para implementar la factura electrónica.
Esto significa que los plazos no empezaron a contar desde la publicación de la Ley Crea y Crece ni del Real Decreto, sino desde la entrada en vigor de la Orden Ministerial, que será la que active definitivamente el calendario de adaptación.
Aunque pueda parecer que todavía queda tiempo, la realidad es que la adaptación va mucho más allá de implantar un nuevo software. También implica revisar procesos internos, garantizar el cumplimiento de los nuevos requisitos técnicos y preparar al equipo para trabajar con un modelo que incorpora novedades como la interoperabilidad o la comunicación de los estados de las facturas. Empezar con tiempo permitirá afrontar el cambio con mayor tranquilidad y evitar las prisas de última hora.
Prepararse hoy es la mejor decisión para mañana
La factura electrónica ya tiene un camino claramente definido y cada vez estamos más cerca de su implantación definitiva. Planificar la transición con tiempo permitirá adaptar los procesos de forma progresiva, formar al equipo y evitar las prisas de última hora, convirtiendo este cambio normativo en una oportunidad para optimizar la gestión de la facturación.
En Ediversa Group llevamos años ayudando a empresas a adaptarse a los cambios normativos relacionados con la facturación electrónica y seguimos muy de cerca cada actualización normativa para que nuestros clientes puedan adaptarse siempre con la máxima seguridad y garantía. Por eso, ofrecemos soluciones completamente personalizadas para empresas de cualquier tamaño y sector, preparadas para cumplir con todos los requisitos técnicos y legales de la normativa vigente y adaptarse al crecimiento y las necesidades de cada negocio. Además, acompañamos a nuestros clientes antes, durante y después de la implantación, con soporte técnico especializado para que la transición sea sencilla, segura y sin complicaciones.